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Artículo 2

El Artículo 25 Literal B) De Los Estatutos De La Empresa Nacional De Telecomunicaciones Quedará Así: Artículo 25

Decreto 1376 de 1981 · Por el cual se aprueban algunas modificaciones a los estatutos de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones Telecom

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 2º El artículo 25 literal b) de los estatutos de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones quedará así: Artículo 25. Son funciones del Presidente de la Empresa: b) Celebrar los contratos y ejecutar los actos comprendidos dentro del objetivo de la Empresa, de acuerdo en cada caso, con las disposiciones legales y estatutarias vigentes. Cuando su cuantía exceda, de diez millones de pesos ($ 10.000.000), requerirá, la autorización previa o la aprobación posterior de la. Junta. Directiva conforme a lo previsto en el artículo 16 de los presentes estatutos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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