Las sumas necesarias para atender a estos gastos se incluirán en el Presupuesto de la vigencia próxima; y el que aplica la subvención anual a que se refiere el artículo 2º figurará en las vigencias sucesivas.
Ley 77 de 1919 →Vigente
Artículo 3
Ley 77 de 1919 · por la cual se conceden sendos auxilios a dos establecimientos de instrucción pública secundaria
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.