Micelio

Artículo 22

La Adquisición, Enajenación Y Pignoración De Los Bienes Inmuebles Requerirá La Autorización Previa De La Junta Directiva, Cualquiera Que Sea Su Cuantía, Y Se Ajustará A Las Disposiciones Vigentes Sobre La Materia

Decreto 799 de 1969 · por el cual se aprueba el Acuerdo número 288 de 5 de marzo de 1969, proferido por la Junta Directiva del ICETEX sobre adopción de los Estatutos del Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior.

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La adquisición, enajenación y pignoración de los bienes inmuebles requerirá la autorización previa de la Junta Directiva, cualquiera que sea su cuantía, y se ajustará a las disposiciones vigentes sobre la materia.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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