Oficina de Control Disciplinario Interno. Son funciones de la Oficina de Control Disciplinario Interno
Coordinar y ejecutar a nivel nacional, la función disciplinaria en el Banco.
Adelantar la indagación preliminar e investigar y fallar en primera instancia, sobre los procesos disciplinarios contra los servidores públicos del Banco.
Tramitar los informes y quejas sobre conductas disciplinables de los servidores públicos de la Entidad.
Preparar los informes sobre asuntos disciplinarios requeridos por la Procuraduría General de la Nación, la Fiscalía General de la Nación, la Contraloría General de la República y demás Organismos de control.
Llevar el registro de las sanciones disciplinarias impuestas a los servidores públicos del Banco.
Compilar las normas legales, conceptos, jurisprudencia y doctrina relacionados con la actividad disciplinaria y velar por su actualización, difusión y capacitación.
Responder por la utilización racional y efectiva del presupuesto asignado a la dependencia.
Proponer estrategias para la administración del personal de la Oficina y ejecutar, ordenar y verificar el cumplimiento de las políticas y procedimientos definidos por el Banco en materia de evaluación, capacitación, desarrollo del recurso humano. Proponer la selección, promoción, contratación y traslado del personal de su Oficina.
Propender por el cumplimiento de las políticas definidas por la Vicepresidencia de Riesgos en los procesos y procedimientos bajo su responsabilidad.
Identificar mejores prácticas en los procesos a su cargo y guiar su implementación.
Ejercer las demás funciones que señalen la ley, los estatutos, los reglamentos y las que correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.