Si con el total de las cantidades que se destinan por esta Ley a la construcción del ferrocarril Tumaco-Ipiales-Pasto, no pudiera el Gobierno prolongarlo hasta su término, gestionará de acuerdo con la Junta y conforme al plan de empréstitos nacionales, la consecución de los fondos necesarios para que la obra quede concluida en el menor termino posible.
Ley 62 de 1923 →Vigente
Artículo 4
Ley 62 de 1923 · Por la cual se provee a la construcción del ferrocarril Tumaco - Ipiales - Pasto
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.