Autorízase al Gobierno para adquirir las concesiones ó derechos eventuales que puedan tener los herederos de don Jorge Isaacs y que á éste se le reconocieron desde mil ochocientos ochenta y seis como descubridor, para la explotación de carboneras y fuentes de petróleo en las regiones de Aracataca, estribaciones y macizos de la Sierra Nevada de Santa Marta y en el golfo de Urabá.
Ley 34 de 1909 →Vigente
Artículo 1
Ley 34 de 1909 · por la cual se da una autorización al Poder Ejecutivo
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.