Ley 74 de 1887 · Por la cual se apropia una suma para la reconstrucción de un edificio público
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El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Art. 1° Aprópiase la cantidad hasta de veinticinco mil pesos ($ 25,000) para la reconstrucción del edificio que ha servido para las Oficinas de la Aduana de Riohacha. Esta suma se considerará incluida en el Presupuesto de Gastos de la actual vigencia económica.
El Gobierno, por administración ó por contrato celebrado de acuerdo con las disposiciones legales vigentes, hará llevar á cabo la expresada reconstrucción.
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Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.