Artículo primero. Hácese la siguiente traslación en el Presupuesto de Gastos vigente: MINISTERIO DE JUSTICIA CAPITULO 24 -Juzgados Municipales y Territoriales. - Del artículo 208-Para sueldos del personal de los Juzgados Municipales de la República, en el año $ 27.900.00 Suman los contracreditos 27.900.00 Al artículo 209-Para sueldos del personal de los Juzgados Territoriales, en el año $ 27.900.00 Suman los créditos $ 27.900.00
Decreto 2303 de 1953 →Vigente
Artículo 208
-Para Sueldos Del Personal De Los Juzgados Municipales De La República, En El Año $ 27
Decreto 2303 de 1953 · Por el cual se hace una traslación en el presupuesto de Gastos vigente (Ministerio de Justicia)
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.