Micelio

Artículo 9

Decreto 929 de 2000 · por el cual se modifica la Estructura del Instituto Nacional de Radio y Televisión Inravisión.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Oficina de Control Interno . Corresponde a la Oficina de Control Interno

1.

Asesorar a la Presidencia en la definición de políticas, planes, programas referidos a la implementación a los sistemas de control que contribuyan a incrementar la eficiencia y eficacia en las diferentes áreas de la entidad así como la de garantizar la calidad en la prestación de los servicios de la institución.

2.

Diseñar y establecer en coordinación con las diferentes dependencias de la institución, los criterios, los métodos, los procedimientos y los indicadores de eficiencia y de productividad para evaluar la gestión y proponer la revisión, diseño e implantación de esquemas organizacionales, procedimientos, sistemas y formularios, como medidas preventivas y correctivas cuando los resultados de las evaluaciones así lo ameriten.

3.

Revisar y evaluar la solidez, razonabilidad y aplicación de los controles contables, financieros, operativos, técnicos, administrativos y de sistemas computarizados, para determinar el grado de cumplimiento de las políticas, planes, procedimientos y normas vigentes en la Entidad.

4.

Dirigir y coordinar el ejercicio de las auditorías para evaluar eficiencia y eficacia de los controles, la operación y uso de los recursos en todas las áreas del Instituto.

5.

Verificar que el sistema de control interno esté formalmente establecido dentro de la organización y que su ejercicio sea intrínseco al desarrollo de las funciones de todos los cargos, y en particular, de aquellos que tengan responsabilidad de mando.

6.

Verificar que los controles definidos para los procesos y actividades de la organización, se cumplan por los responsables de su ejecución.

7.

Garantizar la correcta evaluación y seguimiento de la gestión organizacional.

8.

Velar por el cumplimiento de las leyes, normas, políticas, procedimientos, planes, programas, proyectos y metas de la organización y recomendar los ajustes o acciones necesarios.

9.

Evaluar y verificar la aplicación de los mecanismos de participación ciudadana, que en desarrollo del mandato constitucional y legal, diseñe la entidad.

10.

Vigilar que la atención de quejas y reclamos se preste pronta y adecuadamente y rendir los informes sobre el particular.

11.

Rendir informes a la Presidencia y a los organismos de control competentes.

12.

Fomentar en toda la organización la cultura del control, la calidad y atención al cliente, que contribuya al mejoramiento en el cumplimiento de la misión institucional.

13.

Las demás que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 929 de 2000