Micelio

Artículo 5

º

Decreto 1894 de 1994 · por el cual se establece parcialmente el proceso gradual de niveles de salarios de los empleados públicos de Salud a Nivel Territorial

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Las entidades territoriales no podrán hacer extensivas las normas sobre nivelación salarial contempladas en este Decreto a otros cargos no previstos en el mismo. Tal nivelación será establecida por el Gobierno Nacional en una etapa posterior. En todo caso, los gastos que implique la aplicación de este Decreto se atienden con cargo a los recursos destinados a salud y no afectan el presupuesto nacional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1894 de 1994