El Plan Mínimo De Estudios Para El Ciclo De Exploración Vocacional, Cursos 1º Y 2º Será El Siguiente: Parágrafo 1º
Decreto 1085 de 1971 · Por el cual se fija el plan de estudios en los Institutos Nacionales de Educación Media Diversificada.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
º. El plan mínimo de estudios para el ciclo de exploración vocacional, cursos 1º y 2º será el siguiente:
Parágrafo 1
Las experiencias por las cuales se hará la exploración vocacional a que hace referencia este artículo son las siguientes: 1º. Economía agrícola y conservación de recursos naturales. 2º. Horticultura y cría de animales domésticos. 3º. Dibujo. 4º. Electricidad. 5º. Información ocupacional. 6º. Industria de la madera. 7º. Mecanografía. 8º. Técnica de trabajo con la Comunidad. 9º. Puericultura. 10. Cultura.
Parágrafo 2
De las 10 experiencias ofrecidas en la exploración vocacional el alumno seleccionará 7. La información ocupacional será obligatoria.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.