° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente: MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS CAPITULO 113 Del artículo 2272. Para pagar al Departamento de Boyacá las inversiones hechas en las carreteras Paipa-Pantano de Vargas; Cantino-Coper; Piedra Gorda-Briceño; Espino-Chiscas, y puente de Buenavista, según contratos publicados en el Diario Oficial números 25723 y 25742, de 20 de diciembre de 1944 y de 16 de enero de 1945 $ 111.478.80 CAPITULO 112 Al artículo 2182-D. Par a la carretera Soatá-Salina de Chita. Ley 67 de 1941, articulo 1° $ 111.478.80
Decreto 2611 de 1949 →Vigente
Artículo 1
Hácense Los Siguientes Traslados En El Presupuesto Vigente: Ministerio De Obras Publicas Capitulo 113 Del Artículo 2272
Decreto 2611 de 1949 · Por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto vigente (Ministerio de Obras Públicas)
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.