°. Funcionamiento. El Consejo Nacional de la Economía Naranja se reunirá ordinariamente dos (2) veces al año y extraordinariamente cuando sea convocado por iniciativa de la presidencia del Consejo o por solicitud de las dos terceras partes de los miembros del mismo.
En caso de generar algún costo la creación y funcionamiento del Consejo Nacional de la Economía Naranja, se atenderá con cargo a las apropiaciones de las entidades que lo conformen.
El Consejo adoptará su propio reglamento en un plazo máximo de seis (6) meses contados a partir de la primera reunión o reunión de instalación.