Micelio

Artículo 6

Decreto 138 de 1961 · Por el cual se dictan normas sobre impuesto de renta y complementarios

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° . Las personas que no hicieren las retenciones en la fuente a que están legalmente obligadas por este Decreto, perderán el derecho a que se les deduzcan de sus ingresos los intereses respectivos, a no ser que comprueben que las personas beneficiadas con los pagos presentaron oportunamente sus declaraciones de renta y patrimonio con inclusión de los intereses referidos. Cuando se trate de pagos de dividendos, las personas obligadas a hacer la retención serán responsables directamente del valor de los impuestos que están obligadas a retener.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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