Transporte público y privado . Los servicios de transporte marítimo son públicos o privados. El servicio público se ofrecerá, y prestará a cualquier usuario o consignatario de carga. En las autorizaciones para prestar servicio de transporte marítimo privado, la Dirección General Marítima y Portuaria establecerá en cada caso las cargas que pueden ser transportadas y las condiciones del servicio.
Decreto 2324 de 1984 →Vigente
Artículo 142
Decreto 2324 de 1984 · Por el cual se organiza la Dirección General Marítima y Portuaria
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.