Micelio

Artículo 1

Decreto 18700328 de 1870 · Reglamentando la administración de bienes nacionales que se adquieran con destino al escritorio de las oficinas generales existentes en la capital de la Unión

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 1.° Las Secretarías de Estado, la Oficina jeneral de Cuentas, la Direccion jeneral de Correos, la Tesorería jeneral, la Administracion de la Casa de Moneda de Bogotá, el Archivero nacional i las oficinas i cuerpos militares residentes en esta ciudad, formarán anualmente una relacion de los útiles de escritorio que necesiten para el año siguiente, tomando por base los útiles consumidos en el próximo anterior, i las pasarán a la Secretaria de Hacienda i Fomento. Las relaciones de útiles que formen las oficinas i cueros militares, se elevarán por conducto de la Secretaría de Guerra i Marina, para que sean aprobadas o reformadas por ella.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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