Micelio

Artículo 1.3.1.8.7

Metodología De Distribución Del Iva Cedido

Decreto 1625 de 2016 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario en materia tributaria.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Metodología de Distribución del IVA cedido. La distribución del IVA sobre licores, vinos, aperitivos y similares cedido a los departamentos, se realizará en proporción a la participación que tenga cada departamento en el total de la población asegurada en el régimen subsidiado de salud.

Para estos efectos, el Ministerio de Salud y Protección Social conforme con la información reportada en la Base Única de Afiliados (BDUA) calculará dicha participación y remitirá la información a la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (Adres) a más tardar el 31 de enero de cada año.

Parágrafo 1

Para efectos del cálculo de los recursos a ceder a cada departamento, se tomará la totalidad del recaudo proyectado de IVA sobre licores, vinos, aperitivos y similares y se le aplicará la participación calculada con base en la población asegurada en el régimen subsidiado de salud de cada departamento.

Parágrafo 2

Una vez se tenga el recaudo proyectado por departamento, este se distribuirá 75% para aseguramiento con giro a la Adres y el 25% restante será girado a las Direcciones Territoriales de Salud Departamentales o a quien haga sus veces, para el funcionamiento.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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