Pérdida del derecho al uso . Las personas que hayan sido beneficiarias de una de las condecoraciones previstas en este decreto, perderán el derecho de usarlas cuando sean condenadas por delitos, salvo los políticos o culposos, o sancionadas por faltas disciplinarias graves o gravísimas. La pérdida del derecho al uso será dispuesta por las mismas autoridades que las confieren, previo el adelantamiento del proceso administrativo pertinente.
Decreto 2559 de 2001 →Vigente
Artículo 31
Decreto 2559 de 2001 · por medio del cual se dictan normas sobre condecoraciones para el sector solidario.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.