Micelio

Artículo 9

Patrimonio

Ley 109 de 1994 · por la cual se transforma la Imprenta Nacional de Colombia en Empresa Industrial y Comercial del Estado

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El patrimonio de la Imprenta Nacional de Colombia, está constituido por:

1.

Todos los activos y recursos que correspondan al Fondo de Trabajo de la División Imprenta Nacional del Fondo Rotatorio del Ministerio de Justicia y que por Decreto 2160 del 30 de diciembre de 1992, forman parte del patrimonio del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, INPEC, o del Fondo Rotatorio del Ministerio de Justicia, según el caso.

2.

Los recaudos por concepto de publicación de los actos y contratos en el "Diario Oficial", de acuerdo con las tarifas establecidas por la Junta Directiva.

3.

Los ingresos por concepto de la venta de sus productos y servicios.

4.

Todas las inversiones, depósitos en dinero y rendimientos financieros que como resultado de las operaciones industriales y comerciales realizadas por la Imprenta Nacional, se encuentra a nombre del Fondo Rotatorio del Ministerio de Justicia - División Imprenta Nacional, bajo cualquier denominación.

5.

Todos los bienes muebles e inmuebles que se encuentran al servicio de la actual División Imprenta Nacional y las que ésta haya adquirido.

6.

Las acreencias y obligaciones que figuran a nombre de la actual División Imprenta Nacional o que el Fondo Rotatorio del Ministerio de Justicia haya constituido para el desarrollo de las operaciones propias de la Imprenta Nacional, ahora asignadas al INPEC.

7.

Las donaciones que reciba la Empresa por parte de entidades públicas o personas naturales o jurídicas del país o del exterior, con autorización previa de la Junta Directiva.

8.

Los aportes ordinarios o extraordinarios que asignen anualmente en el Presupuesto Nacional.

9.

Los demás bienes que adquiera o reciba a cualquier título.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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