Traslado a las demás autoridades competentes. Cuando de las actuaciones que se adelanten ante la Comisión, sea evidente que es competencia de otra autoridad, o que existen hechos que puedan dar lugar a investigación e imposición de sanciones por autoridades distintas a ésta, la Comisión dará traslado de las mismas a la autoridad que corresponda. CAPITULO V. Personal al servicio de la Comisión
Decreto 2461 de 1999 →Vigente
Artículo 29
Decreto 2461 de 1999 · por el cual se aprueban los estatutos y el Reglamento Interno de la Comisión de Regulación de Energía y Gas, CREG
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.