Para, efectos del cálculo de; los honorarios se excluye únicamente el valor del terreno, el de ornamentos y muebles que no hagan parte integrante de la construcción que no hayan sido escogidos o adquiridos por el arquitecto; los honorarios correspondientes al anteproyecto, proyecto y supervisión arquitectónica, presupuesto, programación, interventoría y construcción. En los casos en los cuales no reciba el constructor los estudios de ingeniería, y técnicas completas y por ello la entidad contratante lo autorice a contratarlos y coordinarlos, éste recibirá honorarios por estos trabajos como parte del costo real de la construcción.
Decreto 3154 de 1980 →Vigente
Artículo 37
Para, Efectos Del Cálculo De; Los Honorarios Se Excluye Únicamente El Valor Del Terreno, El De Ornamentos Y Muebles Que No Hagan Parte Integrante De La Construcción Que No Hayan Sido Escogidos O Adquiridos Por El Arquitecto; Los Honorarios Correspondientes Al Anteproyecto, Proyecto Y Supervisión Arquitectónica, Presupuesto, Programación, Interventoría Y Construcción
Decreto 3154 de 1980 · Por el cual se aprueban unas tarifas profesionales (arquitectura)
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.