Micelio

Artículo 2.12.6.2.3

Entrega De Los Incentivos Y Apoyos Directos En Relación Con El Mantenimiento De La Paz Social En El Agro

Decreto 1071 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Entrega de los incentivos y apoyos directos en relación con el mantenimiento de la paz social en el Agro. El otorgamiento de incentivos y apoyos directos en esta categoría procederá cuando en desarrollo de la actividad agropecuaria, forestal, pesquera o acuícola se promueva la construcción y el mantenimiento de la paz en el sector, o cuando por circunstancias ligadas al conflicto armado se vea afectada la producción y la garantía de la seguridad alimentaria en los siguientes términos:

a)

Cuando se promueva la construcción y el mantenimiento de la paz rural, se tendrán en cuenta para el otorgamiento de incentivos y apoyos directos las siguientes circunstancias:

A1. Los emprendimientos productivos que promuevan los procesos de construcción del tejido social, la reparación y la reincorporación a la vida civil o la realización de Trabajos, Obras y Actividades con contenido Reparador y Restaurador (TOAR).

A2. El fortalecimiento, promoción y desarrollo y prácticas de inclusión social y productiva que propendan por la disminución de las asimetrías en el campo.

A3. Los emprendimientos productivos colectivos o individuales que promuevan los procesos de sustitución voluntaria de cultivos de uso ilícito por la producción agropecuaria campesina.

A4. Las demás que determine el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural.

b)

Cuando por Circunstancias ligadas al conflicto armado que alteren el orden público se ocasionen tensiones internas y/o disturbios que afecten la producción y la garantía de la seguridad alimentaria, se tendrán en cuenta para el otorgamiento de incentivos y apoyos directos las siguientes circunstancias:

B1. Afectación grave en la producción agropecuaria ligada a circunstancias como incremento significativo del desplazamiento forzado interno, confinamiento forzado, y eventos que atenten en contra de la vida e integridad de los productores beneficiarios del presente título.

B2. Cuando se comprometa la estabilidad de los ciclos productivos como consecuencia del incremento significativo del desplazamiento forzado interno, confinamiento forzado y eventos asociados que atenten en contra de la vida e integridad de los productores beneficiarios del presente título.

B3. Las demás que determine el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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