º El Ministerio de Salud, el Instituto Colombiano Agropecuario, ICA, el Instituto Nacional de los Recursos Naturales Renovables y del Ambiente, INDERENA, y el Instituto Colombiano de Comercio Exterior, INCOMEX, en el área de sus propias competencias, procederán de oficio a la suspensión o cancelación de la expedición de conceptos y de las licencias de venta y de importación de los productos, sus compuestos y derivados, de que trata el artículo primero del presente Decreto.
Artículo 3
El Ministerio De Salud, El Instituto Colombiano Agropecuario, Ica, El Instituto Nacional De Los Recursos Naturales Renovables Y Del Ambiente, Inderena, Y El Instituto Colombiano De Comercio Exterior, Incomex, En El Área De Sus Propias Competencias, Procederán De Oficio A La Suspensión O Cancelación De La Expedición De Conceptos Y De Las Licencias De Venta Y De Importación De Los Productos, Sus Compuestos Y Derivados, De Que Trata El Artículo Primero Del Presente Decreto
Decreto 305 de 1988 · Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 23 de 1973, el Decreto Ley 2811 de 1974 y la Ley 09 de 1979, en los relativo al uso, comercialización y aplicación de algunos productos organoclorados
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.