Micelio

Artículo 53

Ley 24 de 1988 · Por la cual se reestructura el Ministerio de Educación Nacional y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son funciones de la División Especial de Administración Interna Central:

a)

Suprimido.

b)

Suprimido.

c)

Suprimido.

d)

Atender todos los aspectos relacionados con la administración de personal de la Planta del Ministerio, tales como provisión de cargos, vigilancia y control de personal, registro , control y archivo de hojas de vida, capacitación, evaluación y bienestar social del personal, en coordinación con las distintas unidades administrativas del Ministerio y en concordancia con las políticas del Departamento Administrativo del Servicio Civil.

e)

Elaborar en coordinación con la Oficina Jurídica, el estatuto de personal y los manuales de funciones y procedimientos del Ministerio.

f)

Responder por el diseño de sistemas de organización y métodos que permitan al Ministerio adaptarse a los cambios socio-culturales, ecológicos y tecnológicos, mundiales y nacionales y entrenar a las unidades administrativas internas centrales en metodología de planeación y administración estratégica.

g)

Adelantar la realización de diagnósticos de los procesos administrativos internos centrales.

h)

Dirigir y coordinar los servicios administrativos y servicios generales tales como el cuidado y mantenimiento de los bienes, correspondencia, archivo, transporte, imprenta, vigilancia, aseo, compras y suministros, almacén e inventarios, trámites de pasajes y viáticos y demás servicios que demande el normal funcionamiento del Ministerio.

Parágrafo

Si las necesidades futuras lo exigen, la División de Administración Interna Central podrá ser dividida en grupos de trabajo para atender los asuntos financieros, de personal y de servicios generales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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