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Artículo 1

Autorizar Por El Término De Seis (6) Meses El Tránsito Entre Los Departamentos De Arauca Y Norte De Santander, De Los Vehículos De Transporte Terrestre Automotor Internados Temporalmente En Los Municipios Que Integran Las Unidades Especiales De Desarrollo Fronterizo De Estos Departamentos

Decreto 3421 de 2009 · por el cual se autoriza temporalmente el tránsito entre los departamentos de Arauca y Norte de Santander, de vehículos internados en los municipios que integran las Unidades Especiales de Desarrollo Fronterizo de estos departamentos.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Autorizar por el término de seis (6) meses el tránsito entre los departamentos de Arauca y Norte de Santander, de los vehículos de transporte terrestre automotor internados temporalmente en los municipios que integran las Unidades Especiales de Desarrollo Fronterizo de estos departamentos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3421 de 2009