Micelio

Artículo 1

Decreto 3129 de 1955 · Por el cual se dicta una disposición sobre tipo y marcas de café de exportación

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero . Los cafés producidos y beneficiados en el Departamento del Cauca, aparte de las marcas "Cauca" y Popayán", autorizadas por el Decreto número 1516 de 6 de septiembre de 1933, podrán llevar también la marca "Sevilla", siempre y cuando que estén cuidadosamente beneficiados, y libres totalmente de mezclas con cafés del plan.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3129 de 1955