º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquesey cúmplase. Dado en Santafé de Bogotá, D.C. a 1º de marzo de 1994. FABIO VILLEGAS RAMIREZ. El Ministro de Defensa Nacional, Rafael Pardo Rueda.
Decreto 453 de 1994 →Vigente
Artículo 2
º El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación
Decreto 453 de 1994 · por el cual se modifica parcialmente el Decreto 397 del 18 de febrero de 1994
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.