Micelio

Artículo 6

Ley 16 de 1904 · por la cual se ordena establecer la comunicación telegráfica de los puertos de Cartagena y Barranquilla con el Exterior

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

También a igualdad de las demás circunstancias, serán preferidas como postores las empresas que tienen establecida la comunicación de alguna de las Antillas con el Exterior, por medio de cable.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 16 de 1904