Micelio

Artículo 2

Decreto 122 de 1974 · Por el cual se aclara el artículo 1º del Decreto 2274 de 1973

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo segundo. El personal que se designara para el desempeño de las funciones a que se refiere el artículo anterior, será nombrado por resolución ministerial a partir del 1none de febrero de 1974.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 122 de 1974