Artículo veintidós. INCOMPATIBILIDADES ESPECIALES. El Gerente de la Zona Franca y los representantes del sector público en su Junta Directiva no podrán, ni por si, ni por interpuesta persona ser Directores, Administradores o funcionarios de las empresas instaladas en la respectiva entidad, ni celebrar contratos en la Zona, salvo cuando se refieran directamente al ejercicio de la representación legal de la Zona Franca o en los casos taxativamente previstos en el Decreto-ley 222 de 1983 y en las normas que lo modifiquen, adicionen, complementen o sustituyan. CAPITULO III PATRIMONIO.
Decreto 1218 de 1986 →Vigente
Artículo 22
Decreto 1218 de 1986 · por el cual se aprueban los Estatutos Internos de la Zona Franca Industrial y Comercial de Cartagena.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.