Micelio

Artículo 6

Cada Año Y A Lo Largo De La Vigencia De Las Operaciones De Redescuento Que Efectúe La Financiera De Desarrollo Territorial S

Decreto 4808 de 2010 · por el cual se regula una línea de redescuento, con tasa compensada, de la Financiera de Desarrollo Territorial S. A. (Findeter), para el financiamiento de la atención y prevención de desastres en infraestructura.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Cada año y a lo largo de la vigencia de las operaciones de redescuento que efectúe la Financiera de Desarrollo Territorial S. A. (Findeter), en desarrollo de lo establecido en el presente decreto, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público transferirá a la Financiera de Desarrollo Territorial S. A. (Findeter), el valor presupuestado para la respectiva vigencia fiscal, para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 5° del presente decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 4808 de 2010