Las penas previstas en los artículos anteriores, se aumentarán de una tercera parte a la mitad cuando:
La conducta se ejecute en espacio público, establecimiento público o lugar abierto al público.
La conducta se ejecute a través de la utilización de medios de comunicación de difusión masiva.
La conducta se realice por servidor público.
La conducta se efectúe por causa o con ocasión de la prestación de un servicio público.
La conducta se dirija contra niño, niña, adolescente, persona de la tercera edad o adulto mayor.
La conducta esté orientada a negar o restringir derechos laborales.