Micelio

Artículo 13

Decreto 3166 de 1980 · Por medio del cual se aprueba el reglamento de valorización Adoptado por la Corporación Autónoma Regional de los Valles del Sinú y San Jorge, CVS

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Serán funciones de la Oficina de Valorización: adelantar los estudios y trabajos necesarios para la aplicación de la contribución de valorización, para lo cual tendrá a su cargo las actividades que se expresan en los siguientes numerales:

1.

Adelantar estudios de factibilidad de ejecución de obras por el sistema de la contribución de valorización por parte de la Corporación.

2.

Estudiar los beneficios de cada obra a la propiedad inmueble, elaborar los proyectos de zona de infidencia correspondientes y pasarlos al Comité Asesor de Valorización para su concepto.

3.

Preparar el catastro especial de los inmuebles beneficiados en cada obra y los correspondientes planos de distribución.

4.

Elaborar los proyectos sobre monto total distribuibles en cada obra, de acuerdo con los respectivos presupuestos o cuadros de costos.

5.

Convocar a los propietarios de inmuebles situados en la zona de influencia de cada obra, para que hagan parte en el trámite administrativo de distribución de las contribuciones mediante la elección de la Junta de Propietarios y atender todo lo relacionado con esta elección.

6.

Suministrar a la Junta de Propietarios y a los propietarios qué individualmente lo solicitaren, las informaciones necesarias sobre los presupuestos o costos de las obras, forma y tiempo de ejecución,, estudios de beneficio, criterios de fijación de zona de influencia factores que han de utilizarse y proyecto de distribución de las contribuciones y estudiar las observaciones u objeciones formulare la Junta se propietarios adoptando las conclusiones que sean del caso.

7.

Llevar ni Comité Asesor de Valorización los proyectos de presupuesto o cuadros do costo de las Obras y los de liquidaron y distribución de contribuciones de valorización antes de dar el correspondiente traslado a. la Junta de Propietarios, Dara, el estudio y concepto de dicho Comité.

8.

una vez introducidas a los proyectos de qué trata, el numeral anterior las reformas que fueren del caso, dar trasudo de ellos, en su oportunidad, a la Junta de Propietarios colaborar con la Junta en el estudio de estos proyectos. Mediante el suministro de todos los datos que al efecto fue, en necesarios y explicación y justificación de los criterios aplicados:

9.

Rendir informes al Comité Asesor de Valorización sobre as observaciones u objeciones que la Junta de Propietarios hubiere formulado a los proyectos de presupuestos o cuadros le costos de la obra y de distribución de las contribuciones de valorización, para el pronunciamiento al respecto por parle del Comité.

10.

Elaborar los proyectos. De las resoluciones que el Director General ha de someter al estudio y decisión de la. Junta Directiva de la Corporación, sobre ordenamiento del cobro de obras por el sistema de la contribución de valorización y fijación de zona influencia, determinación del monto total distribuible y plazos generales para el pago de las contribuciones en cada obra.

11.

Notificar las resoluciones que distribuyen y asignen atribuciones de valorización y las que decidan sobre recursos de reposición y reclamaciones de los propietarios, en general.

12.

Notificar a los interesados las resoluciones de la Junta Directiva que decida los recursos de apelación de los contribuyentes.

13.

Comunicar a los Registradores de Instrumentos Públicos las contribuciones de valorización asignadas a los inmuebles ubicados en sus respectivas jurisdicciones, para la anotación en el registro' de los gravámenes fiscales en los términos y con las finalidades' de la ley.

14.

Enviar oportunamente al Departamento dé Finanza de la Corporación, los datos sobre las contribuciones de valorización y sus modificaciones en ejemplares auténticos de los actos administrativos de imposición o reforma, para el registro contable de las contribuciones y el manejo de las cuentas individuales de los contribuyentes.

15.

Enviar a los contribuyentes su estado periódico de cuentas, según los datos producidos por el Departamento de, Finalizas.

16.

Las demás-funciones que de fije el Director General de la Corporación en las materias de la contribución de valorización encomendados a esta oficina.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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