La Universidad Tecnológica de Pereira gozara de todas las exenciones y privilegios de que trata el artículo 14 del Decreto-ley número 2077 de 16 de julio de 1958, y su correspondiente parágrafo, pero las importaciones de los efectos de que allí se trata requerirán la aprobación del Fondo Universitario Nacional y la correspondiente licencia del Ministerio de Hacienda.
Ley 85 de 1960 →Vigente
Artículo 3
Ley 85 de 1960 · Por la cual se auxilia a la Universidad Tecnológica de Pereira
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.