º. El Fondo para el Subsidio Familiar de Vivienda estará constituido por las transferencias mensuales que realice la caja de compensación y sus correspondientes rendimientos. En todo caso, los saldos de vigencias anteriores y los recursos de subsidios asignados que en razón a vencimientos o renuncias no hayan sido entregados, con sus correspondientes rendimientos, así como los reintegros de recursos autorizados para promoción de oferta, formarán parte del Fondo para el Subsidio Familiar de Vivienda.
Decreto 1076 de 1995 →Vigente
Artículo 6
º
Decreto 1076 de 1995 · por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 49 de 1990 en cuanto a la aplicación del subsidio familiar de vivienda por parte de las cajas de compensación familiar.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.