Micelio

Artículo 2

Ámbito De Aplicación

Ley 2204 de 2022 · por la cual se crea el marco legal para el uso industrial y científico del cáñamo en Colombia y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La presente ley aplicará a todas las personas naturales y/o jurídicas, de derecho público y/o privado, nacionales o extranjeras, que adelanten alguna de las actividades referidas en el objeto, en el territorio nacional.

Parágrafo 1

La presente ley no aplica ni regula aquello relacionado con los fines médicos de semillas para siembra, grano, plantas en estado vegetativo, componente vegetal, derivados psicoactivos o no psicoactivos, ni de productos provenientes del cáñamo en el territorio nacional. Tampoco aplica ni regula los fines médicos, industriales, científicos o el uso adulto del cannabis y sus derivados.

Parágrafo 2

Si la finalidad del cultivo corresponde a la producción de sumidades floridas o con fruto de la planta o de derivados de estas o se trata de cultivares con un porcentaje superior 0.3% de tetrahidrocannabinol (THC), incluyendo isómeros, sales y formas ácidas, se deberá solicitar y obtener las licencias previstas en la reglamentación de la Ley 1787 de 2016 o la norma que la modifique o sustituya.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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