ARTICULO 41 . Son funciones de la División de Tránsito y Almacenamiento
Estudiar y presentar los proyectos de providencias relacionadas con los regímenes de tránsito y almacenamiento, cuya aplicación requiere autorización previa del Director General de Aduanas;
Analizar las solicitudes y elaborar los proyectos de providencias relacionadas con la inscripción, autorización, licencia o permisos a personas o entidades para adelantar actividades relacionadas con los regímenes de tránsito y almacenamiento que se encuentran bajo control o vigilancia de la Dirección General de Aduanas;
Preparar los reglamentos sobre ferias y exposiciones internacionales;
Resolver conforme a las disposiciones, que asignen competencias, lo relacionado con inscripciones, autorizaciones, licencias o permisos a personas o entidades para adelantar actividades relacionadas con los regímenes de tránsito y almacenamiento de mercancías, que se encuentran bajo control o vigilancia de la Dirección General de Aduanas;
Coordinar la divulgación y la adecuada aplicación de los regímenes aduaneros de tránsito y almacenamiento en las Jefaturas Regionales de Aduana, velar por la homogenización de su aplicación y de los demás asuntos de su competencia;
Elaborar, proponer y desarrollar proyectos de normas y procedimientos pertinentes a los regímenes de tránsito y almacenamiento; CAPITULO VI. De la Subdirección Técnica