Micelio

Artículo 11

Según Lo Determina El Artículo 4 De La Ley 14 De 1975, Con Las Garantías Que Las Normas Anteriores Daban Y Las Que Correspondan Según La Nueva Reglamentación, Continuarán Ejerciendo La Profesión Los Constructores Con Matrícula Expedida Por El Consejo Nacional Profesional De Ingeniería Y Arquitectura Con Anterioridad A La Vigencia De Este Decreto

Decreto 523 de 1976 · Por medio del cual se reglamenta la Ley 14 de 1975

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Según lo determina el artículo 4 de la Ley 14 de 1975, con las garantías que las normas anteriores daban y las que correspondan según la nueva reglamentación, continuarán ejerciendo la profesión los constructores con matrícula expedida por el Consejo Nacional Profesional de Ingeniería y Arquitectura con anterioridad a la vigencia de este decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 523 de 1976