Micelio

Artículo 529

Para Atender Al Servicio De Amortización E Intereses De Los Pagarés Expendidos A Favor De Hein Lehmann & Co

Decreto 2615 de 1955 · Por el cual se hacen unas traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente (Ministerio de Hacienda y Crédito Público y Deuda Pública Nacional)

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero . Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente: MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO Deuda Pública Nacional. CAPITULO 44 Deuda Interna - Documentos a la orden. Dd. Da. Del artículo 529. Para atender al servicio de amortización e intereses de los pagarés expendidos a favor de Hein Lehmann & Co. A. G. Düsseldorff y Freid Krupp Stahlban Reheihausen, y descontados por la Federación Nacional de Cafeteros, para financiar la construcción de catorce (14) puentes en carreteras nacionales, de conformidad con las autorizaciones conferidas el Gobierno Nacional por los Decretos legislativos números 1680 y 2070 de 1954, y en armonia con las estipulaciones del contrato de fecha 14 de abril de 1954 $ 1.000.000.00 Suman los contracréditos $ 1.000.000.00 MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO Gastos de Administración, auxilios y otros. CAPITULO 39 Pensiones y Auxilios. B2II. Al artículo 437-O. Para pagar al Municipio de Tunja el auxilio ordenado por el artículo 2° del Decreto legislativo número 2453 de 1954, con destino a la construcción y mantenimiento de las vias de comunicación que lo unen con los extinguidos Municipios de Cucaita, Chivatá, Motovita, Oicatá, Sora y Soracá, del Departamento de Boyacá, que le fueron anexados política y administrativamente a su territorio en calidad de Corregimientos $ 1.000.000.00 Suman los créditos $ 1.000.000.00

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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