Micelio

Artículo 5

La Ejecución De Trabajos En Las Vías Públicas Nacionales Se Llevará A Cabo Por El Sistema De Administración, Como Regla General

Decreto 422 de 1917 · Por el cual se reglamenta la Ley 70 de 1916, "general sobre caminos"

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º La ejecución de trabajos en las vías públicas nacionales se llevará a cabo por el sistema de administración, como regla general. Cuando, a juicio del Ministerio del ramo, pueda ser más conveniente la celebración de contrato respecto de determinada obra de esa clase, éste se hará en licitación pública, siempre que su valor pase de mil pesos ($ 1,000), mediante las formalidades pertinentes del Código Fiscal y salvo las excepciones que establece el mismo Código.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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