º. Suprimir de la planta de personal del Ministerio de Justicia y del Derecho, establecida mediante el Decreto 2265 del 12 de noviembre de 1993 y modificada por el Decreto 902 del 5 de mayo de 1994, los cargos que se relacionan a continuación: No. DE CARGOS DENOMINACIÓN DEL CARGO CÓDIGO GRADO DESPACHO DEL MINISTRO 2 Asesor 1020 09 2 Profesional Especializado 3010 18 1 Secretario Privado 3035 17 1 Analista de Sistemas 4005 15 1 Secretario Ejecutivo 5040 18 1 Secretario Ejecutivo del Despacho del Ministro 5230 24 DESPACHO DEL VICEMINISTRO 2 Asesor 1020 12 2 Profesional Especializado 3010 18 1 Operador de Equipo de Sistemas 4100 08 1 Secretario Ejecutivo 5040 22 1 Secretario Ejecutivo 5040 20 PLANTA DE PERSONAL GLOBAL 1 Secretario General de Ministerio 0035 20 1 Director Técnico de Ministerio 0100 22 3 Director Técnico de Ministerio 0100 19 1 Asesor 1020 10 5 Jefe de Oficina 2045 25 1 Jefe de Oficina 2045 19 8 Jefes de División 2040 23 2 Profesional Especializado 3010 17 1 Profesional Especializado 3010 16 1 Profesional Especializado 3010 15 18 Profesional Especializado 3010 14 5 Profesional Universitario 3020 12 5 Profesional Universitario 3020 8 2 Profesional Universitario 3020 05 1 Analista de Sistemas 4005 15 1 Técnico en Presupuesto 4035 15 2 Técnico en Presupuesto 4035 14 8 Técnico Administrativo 4065 11 6 Operador de Equipo de Sistemas 4100 08 5 Secretario Ejecutivo 5040 20 2 Auxiliar Administrativo 5120 09 2 Auxiliar Administrativo 5120 07 3 Operario Calificado 5300 11 1 Conductor Mecánico 5310 11 3 Auxiliar de Servicios Generales 5335 09
Decreto 1155 de 1995 →Vigente
Artículo 1
º
Decreto 1155 de 1995 · por el cual se modifica la planta de personal del Ministerio de Justicia y del Derecho.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.