Micelio

Artículo 63

Los Funcionarios De Instrucción Pueden Ser Cambiados O Removidos Del Conocimiento O Investigación De Cualquier Delito, Por Necesidades Del Servicio O Cuando Lo Estime Conveniente El Inspector General De Las Fuerzas Militares, Quien Designará El Oficial Que Ha De Reemplazarlo, De Acuerdo Con Lo Dispuesto En El Numeral 2 Del Artículo 76

Decreto 1125 de 1950 · por el cual se expide el nuevo Código de Justicia Penal Militar

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los funcionarios de instrucción pueden ser cambiados o removidos del conocimiento o investigación de cualquier delito, por necesidades del servicio o cuando lo estime conveniente el Inspector General de las Fuerzas Militares, quien designará el oficial que ha de reemplazarlo, de acuerdo con lo dispuesto en el numeral 2 del artículo 76.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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