De la partida global apropiada en el Capítulo 0909 - División de Servicios de Salubridad-Programa V - Enfermería - artículo 9205 - para "Auxilios a Escuelas de Enfermería, según distribución que se hará por decreto, de acuerdo con las necesidades", hácese la siguiente distribución parcial:
CAPITULO 0909
Artículo 9205.