Micelio

Artículo 2

Son Funciones De La Oficina De Adiestramiento Y Divulgación Tributaria: A) Organizar Y Dirigir En Coordinación Con La División Personal Del Ministerio Programas De Adiestramiento De Personal Reclutado Y De Personal Al Servicio De La División; B) Participar En La Selección Del Personal De La División Que Haya De Utilizar Becas De Estudio En Instituciones Nacionales O Extranjeras; C) Procurar Gradualmente En Coordinación Con La División De Personal Del Ministerio, La Incorporación En Carrera Administrativa Del Personal Al Servicio De La División; D) Las Otorgadas En El Decreto Número 1715 Del 18 De Julio De 1960 A La Oficina De Divulgación Tributaria; E) Llevar A Cabo Los Programas De Adiestramiento Y De Divulgación Tributaria Mediante Contratos O Arreglos Con Los Instructores, Con La Escuela Superior De Administración Pública U Otros Centros Docentes, Y Con Los Diferentes Órganos De Comunicación Con El Público; F) Las Demás Que Le Asigne El Jefe De La División Y Que Estén Conformes Con Los Objetivos De La Oficina

Decreto 1726 de 1966 · por medio del cual se organiza una Oficina en la División de Impuestos Nacionales del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Son funciones de la Oficina de Adiestramiento y Divulgación Tributaria

a)

Organizar y dirigir en coordinación con la División Personal del Ministerio programas de adiestramiento de personal reclutado y de personal al servicio de la División;

b)

Participar en la selección del personal de la División que haya de utilizar becas de estudio en instituciones nacionales o extranjeras;

c)

Procurar gradualmente en coordinación con la División de Personal del Ministerio, la incorporación en Carrera Administrativa del personal al servicio de la División;

d)

Las otorgadas en el Decreto número 1715 del 18 de julio de 1960 a la Oficina de Divulgación Tributaria;

e)

Llevar a cabo los programas de adiestramiento y de divulgación tributaria mediante contratos o arreglos con los instructores, con la Escuela Superior de Administración Pública u otros centros docentes, y con los diferentes órganos de comunicación con el público;

f)

Las demás que le asigne el Jefe de la División y que estén conformes con los objetivos de la Oficina.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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