Los representantes de los trabajadores, de los patronos y del cuerpo médico tendrán un período de dos (2) años contados a partir del de febrero de 1976.
Decreto 148 de 1976 →Vigente
Artículo 26
Los Representantes De Los Trabajadores, De Los Patronos Y Del Cuerpo Médico Tendrán Un Período De Dos (2) Años Contados A Partir Del De Febrero De 1976
Decreto 148 de 1976 · Por medio del cual se reorganiza el Instituto Colombiano de Seguros Sociales
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.