Micelio

Artículo 7

El Ministerio De Trabajo, Higiene Y Previsión Social Suscribirá Los Convenios Y Acuerdos Que Estime Convenientes, Con Las Entidades Cuya Colaboración O Cooperación Pueda Ser Necesaria Para El Mayor Desarrollo Y El Mejor Funcionamiento De La Escuela

Decreto 466 de 1943 · Por el cual se crea la Escuela Nacional Superior de Enfermeras

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 7° El Ministerio de Trabajo, Higiene y Previsión Social suscribirá los convenios y acuerdos que estime convenientes, con las entidades cuya colaboración o cooperación pueda ser necesaria para el mayor desarrollo y el mejor funcionamiento de la Escuela.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 466 de 1943