Micelio

Artículo 67

Ley 15 de 1925 · Sobre higiene social y asistencia pública

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Autorizase al Gobierno para adquirir, a título de compra, y sin los requisitos exigidos por el Código Fiscal, el Laboratorio de Higiene de propiedad de los señores Samper y Martínez, establecido en esta ciudad, para dar cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 72 de 1914 y por el Artículo

10 de la Ley 75 de 1915.

El precio de compra se fijara por peritos, nombrados así: uno por el Ministerio de Instrucción y Salubridad Públicas, otro por los dueños del Laboratorio y un tercero nombrado por el Consejo de Estado. El contrato que se celebre requerirá para su validez la aprobación del Poder Ejecutivo, previo dictamen favorable del Consejo de Ministros y el Consejo de Estado.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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