Los representantes del Gobierno en las Juntas o Consejos Directivos de los organismos adscritos y vinculados al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, promoverán las modificaciones necesarias a sus normas orgánicas y a sus estatutos, a fin de acomodarlos a las disposiciones del Decreto 1050 de 1968, del presente Decreto, y a las demás que para las mismas se dicten.
Decreto 2870 de 1968 →Vigente
Artículo 28
Los Representantes Del Gobierno En Las Juntas O Consejos Directivos De Los Organismos Adscritos Y Vinculados Al Ministerio De Hacienda Y Crédito Público, Promoverán Las Modificaciones Necesarias A Sus Normas Orgánicas Y A Sus Estatutos, A Fin De Acomodarlos A Las Disposiciones Del Decreto 1050 De 1968, Del Presente Decreto, Y A Las Demás Que Para Las Mismas Se Dicten
Decreto 2870 de 1968 · por el cual se reorganiza el Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.