Recursos del Fondo CREE. Constituirán recursos del Fondo CREE los siguientes
Los recursos trasladados a la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional por las entidades recaudadoras del impuesto sobre la renta para la equidad CREE.
Los recursos provenientes de las operaciones temporales de tesorería necesarias para proveer los faltantes transitorios de recaudo en el Fondo CREE.
Los recursos provenientes del Presupuesto General de la Nación en cumplimiento de la garantía de financiación de que trata el artículo 28 de la Ley 1607 de 2012.
Los rendimientos financieros generados en la administración de los recursos de dicho fondo.
Los recursos recaudados por concepto de intereses por la mora en el pago del CREE y las sanciones a que haya lugar.
Los reintegros de recursos girados a que haya lugar. (Art. 2 Decreto 2222 de 2013)