Los miembros del Servicio Exterior tendrán como principales funciones las de representar al país en el Extranjero, adelantar las gestiones que les encomiende el Gobierno y mantener a éste debidamente informado. Deberán desempeñar estas funciones con discreción, dignidad y eficiencia, con lealtad a sus superiores jerárquicos y fidelidad absoluta a las órdenes que reciban. En el Decreto reglamentario se detallarán dichas funciones. SECCION QUINTA Ascensos de los funcionarios de Carrera.
Decreto 1732 de 1960 →Vigente
Artículo 152
Los Miembros Del Servicio Exterior Tendrán Como Principales Funciones Las De Representar Al País En El Extranjero, Adelantar Las Gestiones Que Les Encomiende El Gobierno Y Mantener A Éste Debidamente Informado
Decreto 1732 de 1960 · Sobre Servicio Civil y Carrera Administrativa
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.